Estos son los principales
puntos de la reforma liderada por el ministro José Ignacio Wert, y que modifica
parcialmente la Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006:
Calendario
- La LOMCE comenzará a implantarse para Primaria y Formación Profesional (FP) Básica en el curso 2014-2015, mientras que en la ESO será en los cursos 2015-16 y 2016-2017 para primero y tercero cursos y para segundo y cuarto, respectivamente.
La primera evaluación final
de ESO será en 2017. En Bachillerato, la LOMCE comienza para el primer curso en
2015-2016, y para el segundo en 2016-2017. La primera evaluación final será
también en 2017. La selectividad, que se suprime, se mantiene para los alumnos
que quieran acceder a la Universidad antes del curso 2017-18.
Asignaturas y cursos
- Las asignaturas de
Primaria, ESO y Bachillerato se agrupan en: troncales (reguladas esencialmente
por el Gobierno con una carga lectiva mínima del 50 % del horario total), las
específicas y las de libre configuración autonómica (como Lengua cooficial, con
tratamiento análogo al castellano), cuyos horarios y contenidos corresponderán
a las comunidades. Los centros podrán complementar los tres bloques de materias
y configurar su oferta formativa.
- Anticipo de elección de
itinerarios en ESO. En tercero se puede optar entre Matemáticas de iniciación a
enseñanzas académicas o aplicadas; en cuarto (15 años), elección entre
enseñanzas orientadas al Bachillerato o a FP.
- En ESO, con carácter
general, se podrá pasar de curso con dos suspensos como máximo, siempre que no
sean simultáneamente Matemáticas y Lengua.
- El Bachillerato tendrá
tres modalidades: Ciencias, Artes, y Humanidades y Ciencias Sociales. En este
último se fijarán dos itinerarios, de forma que quienes elijan Humanidades
estudiarán Latín y los otros Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales.
Evaluaciones
- Pruebas nacionales comunes al final de sexto de Primaria, cuarto de ESO y segundo de Bachillerato, diseñadas por la administración central previa consulta a las comunidades. Es necesario superar las dos últimas para obtener los títulos correspondientes.
- Las administraciones
educativas podrán establecer medidas de atención personalizada para aquellos
alumnos que no superen la evaluación final de ESO.
- Al terminar tercero de
Primaria, evaluación individualizada para la detección precoz de dificultades
en el aprendizaje a cargo de las administraciones educativas.
- La realización de las
pruebas corresponde a las administraciones y serán aplicadas y calificadas por
profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro, aunque no sea
funcionario.
- Los resultados de los
centros se publicarán en relación con los factores socioeconómicos y
socioculturales del lugar donde estén ubicados.
- Las administraciones
podrán establecer planes específicos de mejora en los centros públicos que no
alcancen niveles adecuados.
Formación profesional
- Nueva FP básica de dos
cursos obligatorios para alumnos de entre 15 y 17 años con dificultades de
aprendizaje que hayan terminado tercero o, excepcionalmente, segundo de ESO.
Servirá para obtener el título de la ESO y pasar a FP de grado medio. En FP
básica, las administraciones educativas determinarán en qué centros se
implantarán los ciclos formativos.
Castellano vehicular
- El castellano es lengua
vehicular de la enseñanza en todo el Estado y las lenguas cooficiales lo son
también en las respectivas comunidades de acuerdo con sus Estatutos y normativa
aplicable.
- El Gobierno adelantará el
pago de la escolarización privada de aquellos alumnos que no tengan garantizado
el aprendizaje en castellano en los centros públicos o concertados de las
comunidades con lengua cooficial, y se lo descontará a éstas de la financiación
autonómica que les corresponda.
Religión
- La asignatura de Religión,
voluntaria, tendrá como alternativas obligatorias Valores Sociales y Cívicos
(Primaria) y Valores Éticos (Secundaria), que también podrán escogerse como
opcionales. Desaparece Educación para la Ciudadanía.
Centros
- Los miembros del equipo
directivo del centro y los profesores serán considerados autoridad pública.
- El nombramiento de los
directores, por cuatro años, se hará previa evaluación positiva de su trabajo,
bajo criterios públicos y objetivos en los que se incluirán las evaluaciones individualizadas
de los alumnos.
- Los directores de los
centros públicos deberán acreditar cinco años de docencia y un curso específico
de formación. Podrán fijar requisitos y méritos para los puestos docentes. Las comisiones
de selección estarán formadas por representantes de la administración (más del
50 %) y del centro.
- El consejo escolar del
centro tendrán funciones esencialmente consultivas.
- Los centros que
diferencian por sexo no tendrán que "justificar de forma objetiva y
razonada" ese modelo educativo para optar al concierto, y se permitirá que
vuelvan a solicitarlo aquellos a los que se les denegó en 2013 por educar de
forma separada.
- Las comunidades podrán
convocar concursos públicos para la construcción y gestión de centros
concertados sobre suelo público dotacional.
Otros
- El Ministerio promoverá el préstamo gratuito de libros de texto y otros materiales para la educación básica en los centros sostenidos con fondos públicos.
- Las Administraciones promoverán
la práctica diaria del deporte y el ejercicio físico de los alumnos durante la
jornada escolar, y el diseño y supervisión de las medidas que los centros
adopten para ello serán asumidas por profesorado cualificado.
- El Gobierno podrá regular
y gestionar, dentro del ámbito del deporte de alto nivel y la regulación del
deporte federado estatal, centros de titularidad estatal que impartan las
enseñanzas deportivas de grado superior a distancia en toda España.
- En la oferta de educación
a distancia se podrán establecer criterios específicos adicionales ante las
situaciones personales y laborales de las personas adultas.
- Los alumnos con título o
estudios equivalentes al Bachillerato de países extracomunitarios podrán
acceder a las universidades españolas siempre que superen los procedimientos de
admisión específicos que hubiere.
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